Trámites administrativos durante el ESTADO DE ALRMA

Debido a la reciente pandemia declarada a nivel mundial producida por el COVID-19, el Gobierno declaró el Estado de Alarma el 14 de Marzo de 2020, se ha motivado la redacción de decretos varios en materia de cumplimiento legal.

Debido a que el estado de alarma impide realizar las normales tareas de inspección y mantenimiento de las instalaciones, desde la administración central se ha ordenado la paralización de los trámites administrativos mediante la orden SND/325/2020.
Esta orden establece un salvoconducto por el cual todos los trámites y sus correspondientes plazos, quedarán suspendidos, mientras dure el estado de alarma y las sucesivas prórrogas, con el fin y efecto de no entrar en un incumplimiento.
Además, para poder tener tiempo suficiente para concertar las inspecciones, el Gobierno establece una ampliación de 30 días adicionales una vez se retire el estado de alarma, como tiempo de gracia para pasarlas.

Podréis consultar esta orden en el enlace adjunto:

En WINGENIEROS os ofrecemos la posibilidad de asesoría en materia de cumplimiento legal sobre las instalaciones y la seguridad industrial reglamentaria.

Escrito por WINGENIEROS

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