Nueva ordenanza excepcional de terrazas de Barcelona «COVID-19»

Debido a la situación generada por la pandemia COVID-19, el Ayuntamiento de Barcelona ha realizado una modificación sustancial, excepcional y temporal, con tal de reactivar el sector de la hostelería y restauración y pequeño comercio en la ciudad.

La ordanza se publicó el pasado 22 de Mayo de 2020, con el fin de activar la reapertura de las terrazas de los locales de restauración y pequeños comercios durante la fase 1 del estado de alarma.

Qué nos aporta esta nueva ordenanza?

Esta ordenanza, ha sido generada gracias a la colaboración de grupos municipales, actores económicos y el vecindario.

  • Durante la fase 1 de la desescalada, se podrá hacer uso de las terrazas de los locales de restauración, siempre y cuando, no se supere el 50% del aforo habitual.
  • Aumento del espacio, de manera temporal, de los locales que ya disponen de una licencia de terraza
  • Aprobación, de manera temporal, de nuevas terrazas
  • Reducción de la tasa de terrazas en un 75%, hasta el 31 de Diciembre de 2020.

Éste trámite, se puede comenzar a presentar a partir de la entrada en fase 1 de desescalada. A día de hoy, el trámite se ha simplificado y es más ágil de realizar, a través del portal municipal.
Adjuntamos el link, a continuación. 

https://seuelectronica.ajuntament.barcelona.cat/oficinavirtual/es/tramit/20200001391

Además os adjuntamos el link en el que encontraréis la ordenanza de terrazas.

https://bop.diba.cat/temp/05_022020006273.pdf

Qué requisitos nuevos se han de cumplir para solicitar la ampliación o  nueva terraza?

Estos son los aspectos a tener en cuenta que se tratan de manera excepcional a la actual normativa de terrazas.

  • En las terrazas vigentes se redondeará al alza el número de mesas que se puedan poner debido a la restricción de la desescalada.
  • Se deberá mantener la distancia de seguridad de 2 metros entre mesas.
  • Ubicar los nuevos espacios o ampliaciones, prioritariamente en los espacios de calzada confrontados a la acera, zonas de aparcamiento o carriles de circulación, siempre que no afecten a:
    1. Carril bici o carril de transporte público
    2. Que no impida accesos a párquines o equipamientos con acceso para vehículos
    3. Que no impida el acceso y paso a los servicios de emergencia, seguridad, limpieza y servicio públicos de movilidad.
    4. Que no dificulten el uso de servicios públicos, uso y mantenimiento del mobiliario urbano, visualización de señales de trafico y no afecte a otros elementos similares.
  • La ampliación o nuevas autorizaciones, no pueden interferir con las necesidades de otras actividades comerciales en el espacio público como consecuencia del cumplimiento de las normas sanitarias y las distancias de seguridad. Siempre dejando el espacio libre suficiente para cumplir dichas normas sanitarias y de distancia.
  • Garantizar el espacio mínimo de paso de 2 metros en las aceras y plataformas únicas.
  • Plazas, se han de ordenar unitariamente para el conjunto de la plaza en cuestión. De todos modos, no se puede ocupar más del 50% de espacio libre de paso de las plazas, siempre y cuando la distribución geométrica garantice el paso y las normas sanitarias.
  • Para las ampliaciones y nuevas autorizaciones, solamente se admite una mesa y 4 sillas como mobiliario, parasoles (siempre que no vuelen sobre un carril de circulación) y jardineras, cuando se ocupe la calzada.
  • En el caso de que se quiera ampliar con terraza ocupando un carril de circulación, se deberá realizar de manera conjunta entre varios establecimientos interesados y realizar instancia al ayuntamiento, en el caso que se quiera ocupar plazas de aparcamiento no será necesario un proyecto conjunto.

En el caso que no se puedan ubicar terrazas o ampliaciones en la calzada o no se puedan ubicar respetando algunas de los puntos anteriores, el Ayuntamiento podrá estudiar los casos singulares y optar por otras soluciones de ubicación.

Con toda seguridad, la demanda de ampliar o solicitar nuevas terrazas, será muy alta durante el primer mes de aplicación de esta ordenanza, debido a que el Ajuntament de Barcelona ha estimado que el 93% de las terrazas actuales, podrán mantener o incrementar la superficie.

Desde WINGENIEROS ofrecemos nuestros servicios para formalizar el trámite y la generación de la documentación y consultas necesarias para dichas ampliaciones o nuevas terrazas en localidad de Barcelona.

Escrito por WINGENIEROS

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